CiViCa propone una revisión de la Ley sobre el proceso final de la vida para evitar “inseguridad jurídica”

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Forum Libertas se suma a los medios que han transmitido la Declaración de CíViCa sobre la Ley reguladora de los derechos de la persona ante el  proceso final de la vida – Publicado por Forum Libertas el 1 de Junio de 2011.

Los diputados deberán tenerlo en cuenta: la Asociación de Investigadores y Profesionales por la Vida recuerda que no se puede legitimar la negación del valor de la vida de un ser humano “sin entrar en una profunda contradicción con el bien del individuo y el bien común”

Civica quiere promover el debate entre los partidos políticos y realizar las propuestas para que se recojan en el trámite parlamentario

Las manifestaciones sobre el anteproyecto de la Ley Reguladora de los Derechos de la Persona ante el Proceso Final de la Vida que prepara el Gobierno socialista no dejan de sucederse. En este caso Cívica, la Asociación de Investigadores y Profesionales por la Vida, ha hecho pública una declaración por la cual se formula un conjunto de consideraciones sobre cómo mejorar esa propuesta de ley.

El texto de CiViCa recuerda que la dignidad “es un valor intrínseco de toda vida humana, desde la concepción hasta la muerte natural que se ha de reconocer siempre a todo ser humano, con independencia del estado de desarrollo, edad, salud o grado de dependencia”. En este sentido, afirma que el derecho a la vida “es un derecho humano fundamental y anterior a cualquier otro derecho”, por lo que en un sistema democrático, fundado en la afirmación de los derechos fundamentales, “no se puede legitimar la negación del valor de la vida de un ser humano, sin entrar en una profunda contradicción con el bien del individuo y el bien común”.

Por todo ello, el documento expresa su agrado por la desaparición de toda referencia a la expresión “muerte digna” en el anteproyecto de ley y la inclusión de una serie de puntos positivos. No obstante, la asociación pide que se tengan en cuenta una serie de consideraciones y sugerencias.   Una es que con el fin de “evitar inseguridad jurídica” se eliminen del anteproyecto “las materias ya reguladas por normas en vigor, como la Ley 41/2002, de la Autonomía del Paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica”. Además se observa que la nueva Ley debería contemplar el respeto a la autonomía moral y el derecho a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios.

Que prime la autodeterminación del paciente

El texto pide que no se consagre la autodeterminación del paciente o de sus familiares “en criterio dominante, paternalista, en las decisiones clínicas, sometiendo a médicos y enfermeras a las decisiones discrecionales de las personas enfermas”. CiViCa recuerda que la deontología de los profesionales sanitarios no les permite abdicar de sus responsabilidades y convertirse en complacientes ejecutores de los deseos de sus pacientes.

También se recuerda que la sedación paliativa es una intervención médica, “sometida a la ética profesional de la medicina”, y que ha de ser indicada por motivos médicos y agrega que debe administrarse “conforme a la lex artis médica”, en conformidad con los protocolos y normas de la buena práctica clínica.

La Asociación de Investigadores y Profesionales por la Vida pide que se garantice la dotación de recursos “para que los cuidados paliativos puedan llegar a todos los pacientes que lo precisen”, y recuerda que ese es uno de los principales objetivos de la Medicina. De esa forma se podrá proteger el derecho de los enfermos incurables y de los moribundos “a disponer de una gama completa de cuidados paliativos accesibles a todos, animando a parientes y amigos a acompañarles para asegurar el soporte emocional adecuado”.

El texto continúa pidiendo mejorar la calidad de los servicios asistenciales y la atención a los pacientes y sus familias “en todos los aspectos”: físicos, psicológicos y sociales, y se concluye solicitando que en el Artículo 12 del anteproyecto de Ley, referente al “Derecho al acompañamiento”, en lugar de decir que “estos pacientes podrán recibir el auxilio espiritual que hayan solicitado conforme a sus convicciones y creencias”, se diga “tendrán derecho a recibir…” ya que, según explica CiViCa “todo el Título I habla de derechos”.

A través de este documento Civica quiere promover el debate entre los partidos políticos y realizar las propuestas para que se recojan en el trámite parlamentario. Entre otras, la asociación ha hecho suyas para desarrollar el texto las definiciones y principios básicos del “Código de Ética y Deontología Médica” de la Organización Médica Colegial Española de 1999, la Declaración sobre “Ética de la sedación en la agonía” de esta misma organización de febrero de 2009, la “Declaración sobre la Eutanasia” de La Sociedad Española de Cuidados Paliativos (SECPAL) de enero de 2002 y la recomendación de la Asamblea de Parlamentarios del Consejo de Europa de 14 de julio de 1999 sobre “Protección de los derechos humanos y de la dignidad de los enfermos incurables”.

Nicolás Jouve de la Barreda
Nicolás Jouve de la Barreda
Catedrático Emérito de Genética de la Universidad de Alcalá. Presidente de CiViCa.