Seis “puntos oscuros” en la propuesta de ley que regula el proceso final de la vida, según un experto en Bioética

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Publicado en ForumLibertas.com, el 8 de Junio de 2011-

“Quizás no les falta razón a aquéllos que se refieren a esta norma como una ley de eutanasia encubierta”, advierte  José Jara, Presidente de la Asociación de Bioética de la Comunidad de Madrid

Desde que el Gobierno socialista anunció el anteproyecto de Ley Reguladora de los Derechos de la Persona ante el Proceso Final de la Vida, las reacciones ante esta propuesta y el debate entre quienes son favorables y contrarios a la futura ley, que ya viene de lejos, está en plena efervescencia.

Publicado en ForumLibertas.com, el 8 de Junio de 2011-

“Quizás no les falta razón a aquéllos que se refieren a esta norma como una ley de eutanasia encubierta”, advierte  José Jara, Presidente de la Asociación de Bioética de la Comunidad de Madrid

Desde que el Gobierno socialista anunció el anteproyecto de Ley Reguladora de los Derechos de la Persona ante el Proceso Final de la Vida, las reacciones ante esta propuesta y el debate entre quienes son favorables y contrarios a la futura ley, que ya viene de lejos, está en plena efervescencia.

Si hace unos días la Asociación de Investigadores y Profesionales por la Vida (Cívica) hizo una declaración con una serie de consideraciones para mejorar el texto, para evitar “inseguridad jurídica”, a finales de mayo era el presidente de la Conferencia Episcopal Española (CEE), Antonio María Rouco Varela, quien avanzaba que, a la espera de leer personalmente el texto completo del anteproyecto, su “juicio primero” es que “no es una ley de eutanasia”.

Ahora, el presidente de la Asociación de Bioética de la Comunidad de Madrid (ABIMAD), José Jara, tercia en el debate al afirmar que “quizás no les falta razón a aquéllos que se refieren a esta norma como una ley de eutanasia encubierta”.

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Y lo hace a través de un artículo publicado el pasado jueves, 2 de junio, en la publicación Diario Médico, “el web de los profesionales sanitarios”, en el que advierte, entre otras cuestiones, de que “el texto hace desaparecer los límites que establecía la normativa sobre autonomía del paciente”.

Los seis “puntos oscuros”

En su artículo ‘Puntos oscuros de la ley nacional de paliativos’, Jara analiza el anteproyecto de ley y aclara que el texto supone “un cambio radical en la relación médico-paciente”.

El experto incluye en su artículo hasta seis “puntos oscuros” contemplados en la redacción del anteproyecto de una ley sobre la que la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, dijo que suponía “pasar de un modelo asistencial a un sistema de derechos y garantías”.

1.La futura ley ya no considera la lex artis como la referencia de la buena práctica clínica, tal como recoge el Tribunal Supremo (sentencia 11 de abril de 1994).

Así, “en el nuevo articulado se enuncia textualmente (artículo 15): ‘Los profesionales sanitarios están obligados a respetar la voluntad manifestada por el paciente sobre los cuidados y el tratamiento asistencial que desea recibir en el proceso final de su vida’”.
Más adelante el texto añade que “el cumplimiento de la voluntad del paciente […] excluirá cualquier exigencia de responsabilidad por las correspondientes actuaciones de los profesionales sanitarios”, con lo que “los deseos del paciente se convierten en norma de obligado cumplimiento y nuevo referente de la actuación profesional”.

2. Desoye las peticiones de la profesión. “Las peticiones expresadas por la Sociedad Española de Cuidados Paliativos conjuntamente con la OMC, que hacían referencia a la lex artis, han quedado totalmente fuera de la nueva legislación”.

En esta parte del artículo, Jara afirma que “no está previsto que la analgesia, la oxigenoterapia, la sedación o la intervención psicosocial deban ser inexcusablemente sujetas a indicaciones, procedimientos y criterios éticos perfectamente definidos, tal como se solicitaba”.

3. Amenaza sancionadora. La propuesta socialista contempla que “las infracciones de lo dispuesto quedan sometidas al correspondiente régimen sancionador”.
De esta manera, “esta amenaza parece contradecir el artículo 4.5 de la Ley de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, que afirma: ‘Los profesionales tendrán como guía de su actuación el servicio a la sociedad […] en el cumplimiento de las obligaciones deontológicas’, pero la existencia de la deontología profesional no ha tenido cabida en esta nueva ley”.

4. Los cuidados paliativos no son el objetivo. El presidente de la Asociación de Bioética de la Comunidad de Madrid considera que, “aunque esta ley incluya una memoria económica, no se presenta como una posible ley integral de cuidados paliativos. No es su objetivo principal y denominarla así no parece tener demasiado sentido”.

5. Indiscriminado “derecho a la sedación”. El autor insiste en que el texto de la futura ley “propone establecer un indiscriminado ‘derecho a la sedación’ (artículo 11) sin referencia a si ésta se considera indicada o no, si hay síntomas refractarios o si existen otras medidas razonables para controlar o paliar las molestias derivadas de la enfermedad”.
Así, de nuevo “los deseos del paciente, aunque puedan ser arbitrarios o dirigirse a la provocación de la muerte, vuelven a erigirse en el único referente de lo legalmente exigido”.

6. Desaparecen los límites a la voluntad del paciente. Una cuestión muy reveladora de las intenciones del Gobierno socialista es la que se refiere a una disposición final del texto propuesto, donde “se acuerda la expresa eliminación del punto 11.3 de nuestra Ley de Autonomía del Paciente en el que se establecían los límites a la voluntad del paciente, ‘al no ser admitidas instrucciones previas contrarias al ordenamiento jurídico [léase Código Penal sancionador de la eutanasia] y a la lex artis’”.

“Por si alguien aún no se había enterado, […] Estos límites se hacen desaparecer en el nuevo texto legal”. Por todo ello, “los profesionales sanitarios merecemos esa mediación para poder seguir trabajando en beneficio del paciente sin miedos a imposiciones ajenas sobre nuestros deberes éticos y deontológicos”, concluye Jara en referencia a la necesidad de que intervenga la Organización Médica Colegial para poder dar luz a esos “puntos oscuros

Nicolás Jouve de la Barreda
Nicolás Jouve de la Barreda
Catedrático Emérito de Genética de la Universidad de Alcalá. Presidente de CiViCa.