¿Objeción de conciencia o buena praxis?

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Por Julio Tudela, Dr. En Farmacia, Vocal de la Junta Directiva de CiViCa. Observatorio de Bioética, Instituto Ciencias de la Vida de la Universidad Católica de Valencia. Publicado en Observatorio de Bioética de la UCV, el 7 de octubre de 2021.

Las recientes presiones ejercidas sobre el colectivo sanitario, pretendiendo limitar el libre ejercicio de su profesión cuando se oponen a poner en práctica las leyes que atentan contra la vida o la salud de las personas, obliga a plantear el dilema del ejercicio de la objeción de conciencia, o, más bien, del imperativo del ejercicio de la buena praxis profesional.

Cuando un médico es empujado a matar en lugar de a curar, no solo traiciona su juramento hipocrático, si es que lo hizo, sino que está dedicando sus conocimientos y capacidades a hacer exactamente lo contrario de aquello para lo que se formó: curar, aliviar, prevenir… promover la vida.

Cuando un farmacéutico debe dispensar un fármaco utilizado para practicar una eutanasia, o un aborto, o un bloqueo hormonal en un adolescente que quiere cambiar de género, circula en la dirección opuesta a aquella en la que se ha formado durante buena parte de su vida.

Es decir, asistimos al esquizofrénico escenario en el que los que no saben nada de salud y enfermedad, empujan a los que sí saben a hacer lo contrario de lo que deben, a dañar en lugar de curar, a matar en lugar de salvar o a enfermar en lugar de proteger la salud.

¿Debe un profesional sanitario apelar al derecho de objeción de conciencia cuando es solicitado para hacer lo contrario de lo que debe y sabe hacer? O, más bien, ¿debería apelar a su obligación a ejercer con buena praxis y aplicar los mejores tratamientos, los más eficaces, los más seguros para contribuir a la salud de sus pacientes?

Y nos encontramos con la inexplicable paradoja de que mientras en una sala de UCI se emplean sofisticados medios y complejos recursos médicos para intentar salvar la vida de un paciente que acaba de intentar suicidarse ingiriendo una sobredosis de hipnóticos, en la sala contigua unos obedientes médicos, farmacéuticos, enfermeras y celadores se disponen a aplicar un cóctel eutanásico -porque es legal- para terminar con un enfermo que ha decidido no seguir viviendo, como el suicida de al lado.

O la de un farmacéutico que atiende a su paciente embarazada y estudia las complejas posibilidades de que un determinado tratamiento que le ha sido prescrito, pueda ser nocivo para el feto y debe contraindicarse, advirtiéndola a ella y a su médico prescriptor de la necesidad de buscar una alternativa segura para su embarazo, mientras que, acto seguido, es solicitado -porque es legal- para suministrar un fármaco abortivo que sí produce con toda seguridad efectos tan nocivos sobre el embrión, que termina con su vida.

¿Es necesario inscribirse en una lista en la que figuran los sanitarios que ejercen la buena praxis en su profesión y aplican sus conocimientos para preservar la salud y la vida de sus pacientes? Esto es lo que pretende el gobierno de España que hagamos, cuando la lista debería completarse con aquellos que no hacen medicina sino ejercen de verdugos, con los que no hacen farmacia, sino envenenan. A todos ellos, los que ejercen malas praxis, sí que habría que tenerlos identificados, por el bien de sus pacientes. A los demás, déjenos ejercer con excelencia para aquello para lo que nos hemos preparado: servir a la vida.