D. José Jara – Presidente de la Asociación de Bioética de Madrid (ABIMAD) publicó el Jueves 2 de Febrero de 2012, el artículo adjunto «El Código de Deontología Médica de la OMC puede y deber ser mejorado», en Diario Médico.
Aun alabando el esfuerzo que ha supuesto para la OMC la redacción de un nuevo Código Deontológico, el autor repasa las contradicciones de la norma en cuestiones tan sensibles como el aborto y el papel que el código otorga al médico. Anima a corregir los errores y posibles ambigüedades de su redacción para evitar malestares y litigiosidades venideras.
En el artículo se recuerda lo que dice el artículo 55.1: «el médico está al servicio de preservar la vida a él confiada en cualquiera de sus estadios«. Y se señala que puede parecer incoherente que sea el propio médico objetor el que anime a la mujer a abortar.
La Comisión Deontológica de la OMC, a través de su Comité Permanente, contestó el 9 de Febrero también en Diario Médico, lo que dio pié a José Jara para enviar una réplica en la que exponía nuevos argumentos sobre sus opiniones que fue publicada el día 14 de Febrero. En su réplica el Dr. Jara recuerda:
No es de extrañar que otras voces autorizadas también insistan en la conveniencia de modificar apartados concretos del Código. Entre ellas, la Asociación Nacional para la Defensa del Derecho a la Objeción de Conciencia (Andoc), y el reciente comunicado de la Asociación Española de Bioética y Ética Médica, partiendo del elogio a la labor realizada globalmente por la Comisión Deontológica, opinión que sigo compartiendo, inciden en que la afirmación del art. 55.2: «El médico, que legítimamente opte por la objeción de conciencia, a la que tiene derecho, no queda eximido de informar a la mujer sobre los derechos que el Estado le otorga en esta materia«, muestra una contradicción de la que parece deducirse que, aun objetando legítimamente, se está obligando a informar a la mujer sobre su derecho a abortar. No me parece una interpretación errónea por mi parte sino una lamentable ambigüedad del texto que provoca confusión»
Más abajo dice el Dr. Jara: Adicionalmente, merecería revisarse el art. 55.3, que dice: «No es conforme a la ética médica negar, ocultar o manipular información para influir en la decisión de la madre sobre la continuidad de su embarazo», lo que de modo similar se podría afirmar para lo contrario: no es ético manipular información para influir positivamente en la decisión de abortar. En ninguna actividad sanitaria es lícito ocultar o manipular información de modo maleficente. ¿Por qué afirmarlo en sólo un sentido?
CíViCa, en solidaridad con el Dr. Jara considera oportuno divulgar la información completa para evitar noticias sesgadas y contribuir a que sus asociados se formen una opinión propia sobre el tema en debate que, probablemente continuará abierto.
Se adjuntan en pdf los tres artículos publicados en DM.