Las relaciones sexuales antes del matrimonio
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Por Andrés Ollero, Catedrático de Filosofía del Derecho, Universidad Rey Juan Carlos (Madrid, España). Conferencia presentada en la XXI Asamblea Plenaria del Pontificio Consiglio per la Famiglia (Roma, 24 de Octubre de 2013)

Derecho, moral y religión. El matrimonio como institución de derecho natural o jurídicamente relevante por naturaleza. Percepción social del matrimonio: entre moral y derecho. A la espera de testigos de razón. Versiones de lo natural: la normalidad en juego.

Agradecido por la invitación recibida para participar en este interesante simposio, debo ante todo presentarme como lo que siempre he sido: un modesto jurista -ni siquiera canonista- sin particular autoridad en el ámbito de la teología moral o sacramentaria; no poseo al respecto otros conocimientos que los que cabe esperar en un laico relativamente culto y poco dado a ocultar sus convicciones personales, incluso cuando emparentan de modo más o menos directo con lo religioso. Igualmente he de hacer notar que, para evitar realizar una mera glosa de la Carta de los Derechos de la Familia de 22 de octubre de 1983, que se conmemora, he aplazado su relectura hasta ultimar mi aportación, sin perjuicio de proceder con posterioridad a confrontar su contenido con el de dicho documento en las notas a pie de página.

Leer el texto completo en el archivo adjunto (PDF)...

Por Andrés Ollero, Catedrático de Filosofía del Derecho, Universidad Rey Juan Carlos (Madrid, España). Conferencia presentada en la XXI Asamblea Plenaria del Pontificio Consiglio per la Famiglia (Roma, 24 de Octubre de 2013)

Derecho, moral y religión. El matrimonio como institución de derecho natural o jurídicamente relevante por naturaleza. Percepción social del matrimonio: entre moral y derecho. A la espera de testigos de razón. Versiones de lo natural: la normalidad en juego.

Agradecido por la invitación recibida para participar en este interesante simposio, debo ante todo presentarme como lo que siempre he sido: un modesto jurista -ni siquiera canonista- sin particular autoridad en el ámbito de la teología moral o sacramentaria; no poseo al respecto otros conocimientos que los que cabe esperar en un laico relativamente culto y poco dado a ocultar sus convicciones personales, incluso cuando emparentan de modo más o menos directo con lo religioso. Igualmente he de hacer notar que, para evitar realizar una mera glosa de la Carta de los Derechos de la Familia de 22 de octubre de 1983, que se conmemora, he aplazado su relectura hasta ultimar mi aportación, sin perjuicio de proceder con posterioridad a confrontar su contenido con el de dicho documento en las notas a pie de página.

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