Una sentencia reconoce “las capacidades” de un síndrome de Down

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Comunicado por EFE, el 8 de Marzo de 2011

Ainhoa, hermana del joven con síndrome de Down que ha visto reconocidos en una sentencia derechos sociales como el voto, ha opinado hoy que, con esta resolución, “por primera vez se empieza a tener en cuenta a la persona con discapacidad y sus limitaciones, pero también sus capacidades”.

Comunicado por EFE, el 8 de Marzo de 2011

Ainhoa, hermana del joven con síndrome de Down que ha visto reconocidos en una sentencia derechos sociales como el voto, ha opinado hoy que, con esta resolución, “por primera vez se empieza a tener en cuenta a la persona con discapacidad y sus limitaciones, pero también sus capacidades”.

En declaraciones a Efe, esta joven ha valorado la sentencia de la Audiencia de Guipúzcoa que devuelve a su hermano, afectado de síndrome de Down, derechos como el sufragio y a gestionar su propio dinero, o a casarse y a testar, tras apreciar un recurso de Fiscalía contra una resolución anterior que lo había incapacitado totalmente.

La nueva sentencia considera que la incapacitación del joven deben ser únicamente parcial, ya que lleva una vida autónoma en sus ámbitos social y laboral, aunque precise de ciertos apoyos para algunas tareas de mayor entidad como gestionar grandes cantidades de dinero o, llegado el caso, adquirir un inmueble.

Según explica Ainhoa, un día en la vida de su hermano, de 27 años, es tan “normal” como el de cualquier otro joven de su edad, pues “se levanta a la mañana, se desplaza de Irun a San Sebastián para hacer su trabajo de media jornada como camarero y luego vuelve a casa para hacer sus actividades de ocio”.

“Queda con sus amigos -aclara-, hace teatro y tiene una vida muy ordinaria y normal y de eso se trata, porque lo que la sentencia recoge es que realmente lleva una vida muy normal, y que él posee capacidad suficiente para llevarla así”.

A partir de estas premisas -ha concretado Ainhoa-, la Audiencia ha dictado “una sentencia a su medida”, algo que, en su opinión, “se debería hacer siempre” con todas las personas discapacitadas involucradas en un proceso de incapacidad “pero que desgraciadamente hasta ahora no se estaba haciendo”.

La chica, que prefiere preservar el anonimato de su hermano para que su vida siga igual que hasta ahora, reconoce que la sentencia es “muy interesante”, porque constituye “una innovación muy importante dentro del tema de las incapacidades”, aunque paradójicamente, no va a suponer “un cambio sustancial” en la vida de su allegado.

Se ha mostrado convencida de que el hecho de ofrecer el “testimonio” de su familia en este caso puede ser también “una forma de ayudar al resto de personas que están en un proceso similar y que tal vez no han tenido la misma suerte” que su hermano.

Ha recordado, en este sentido, que hasta ahora cuando se decretaba una incapacidad se tendía “a anular todos los derechos civiles” de la persona afectada.

Ha explicado también que muchas familias discapacitados suelen tramitar su incapacitación al cumplir los 18 años, como una forma de “protección”. Desde ese momento suelen ser los padres quienes lo representan en todos los ámbitos y todos sus derechos civiles “quedan anulados” porque “se entiende”, muchas veces erróneamente, que no tienen capacidad para decidir sobre sí mismos.

Ainhoa aclara que, para evitar una anulación total de estos derechos, algunas familias optan por no solicitar la incapacitación de su pariente algo que, por otra parte, supone “un riesgo” porque no se puede “negar” que “necesitan una protección y una serie de supervisiones y apoyos en algunos aspectos de su vida”.

“En nuestro caso -ha agregado Ainhoa-, tenemos que agradecer mucho al fiscal que ha llevado el caso, porque ha sido él quien ha recurrido y ha hecho que las cosas se hagan como se deben de hacer, que no es lo habitual”.

Por su parte, el responsable de la Asociación Guipuzcoana en Favor de las Personas con Discapacidad (Atzegi), Mitxel Lakunza, ha considerado, en declaraciones a Efe, que la sentencia es “muy positiva”, porque demuestra que cada persona con discapacidad tiene “sus propias necesidades”, cuando lo habitual en este ámbito suele ser “generalizar las cosas”.

“Me parece estupendo que las sentencias estén adaptadas a cada caso, porque eso significa que alguien ha pensado en esa persona en concreto y no en un colectivo grande y eso es muy importante”, ha concluido Lakunza.

CíViCa
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