Por Gregorio Plaza. Magistrado. Miembro de CiViCa.
Resulta inconcebible el cúmulo de despropósitos que contiene la Declaración de la Asamblea de la Organización Médica Colegial sobre el Anteproyecto de ley orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, aprobada el pasado 15 de febrero.
Por Gregorio Plaza. Magistrado. Miembro de CiViCa.
Resulta inconcebible el cúmulo de despropósitos que contiene la Declaración de la Asamblea de la Organización Médica Colegial sobre el Anteproyecto de ley orgánica para la protección de la vida del concebido y de los derechos de la mujer embarazada, aprobada el pasado 15 de febrero.
Para empezar, resulta contradictorio que la Declaración se asiente en el artículo 51.1 del Código de Deontología Médica ("El ser humano es un fin en sí mismo en todas las fases del ciclo biológico, desde la concepción hasta la muerte. El médico está obligado, en cualquiera de sus actuaciones, a salvaguardar la dignidad e integridad de las personas bajo sus cuidados") para luego ignorar este mismo principio. Es más, comienza justificándose en su Introducción, a modo de excusatio non petita: “Sin desvincularse de este principio deontológico contra la interrupción voluntaria del embarazo (…)”
Le preocupa a la OMC los costes que conlleva el que las españolas acudan a abortar a otros países en donde la legislación resulta más permisiva. Al margen de que esto no constituye ningún motivo para limitar el referido principio en el que se asienta el Código de Deontología Médica, parece que la OMC se deja la ética en la frontera española para importar lo que le interesa. Por esta misma regla habría que legalizar en España la gestación subrogada y los contratos de “madres de alquiler” para evitar lo costoso que resulta desplazarse a Estados Unidos (lo que, por cierto, se niega a reconocer el Tribunal Supremo en su reciente sentencia de 6 de febrero de 2014, rechazando la inscripción en el Registro Civil español de la filiación determinada por las autoridades de California en uno de estos supuestos). En realidad no es otra cosa que un pobre argumento para justificar un criterio preconcebido.
Lo que no es admisible es que la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad se acabe tergiversando para dar cobertura al aborto eugenésico, haciéndolo además en términos calculadamente ambiguos.
Incomprensible resulta que la propia OMC limite la objeción de conciencia, admitiendo que el médico que objeta sea “colaborador” pero no “partícipe”. Como puede comprenderse, con esta peculiar distinción, se acaba por suprimir el contenido esencial del derecho fundamental a la objeción de conciencia.
Por otra parte, la OMC contempla la educación sexual de un modo muy particular y claramente reduccionista, desde la “especial atención” al conocimiento de los métodos anticonceptivos y el acceso gratuito a la píldora del día después. No se puede comprender qué tiene que ver el “acceso gratuito” a la citada píldora con la educación sexual. Lo que se pretende decir es otra cosa.
Es un despropósito que la propia Organización Médica Colegial considere el “grave peligro para la vida o salud física y psíquica de la mujer” no se determine atendiendo a una valoración clínica (¿habría otra?), ya que se priva a la mujer de “decidir”. Es evidente que dicha apreciación debe justificarse médicamente, sobre criterios científicos.
Y esto es precisamente lo más grave de la Declaración. Se dejan de lado los principios deontológicos que a modo de excusa se proclaman previamente, para justificar el aborto sobre la ética del consenso (“leyes lo más consensuadas posibles”), como si acabar con la vida de un ser humano fuera algo neutro, o se utilizan los habituales argumentos pro-abortistas.
Así, sin que la reforma legal (ni nadie) pretenda tal cosa, se afirma que “La mujer que por distintas circunstancias decide interrumpir voluntariamente su embarazo no ha de ser considerada ni definida de antemano como una enferma mental”. ¿Les suena de algo la frase?.
Y en el mismo párrafo se añade que “No es aceptable que una decisión tan importante quede en manos de terceros”. Es decir, la OMC acaba proclamando el supuesto “derecho a decidir”, dejando en el camino el “objeto” de la decisión, la vida de un ser humano. Al final, la OMC, se acaba sumando a la pancarta: “Nosotras parimos…”
Pobre Declaración para quien pretende representar a los médicos, que desde luego se merecen algo mejor.