La Adopción Prenatal: ¿solución a los embriones humanos congelados?

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Por Roberto Germán Zurriaráin, Doctor en Filosofía. Licenciado en Teología.Profesor de Didáctica de la Religión de la Universidad de La Rioja, publicado en Blog de  Roberto Germán Zurriaráin el 13 de Mayo de 2016.

La adopción prenatal o “adopción biológica” es una de las propuestas de solución a la acumulación de embriones humanos crioconservados en congeladores de nitrógeno líquido. Los valedores de esta solución argumentan que estos, antes de ser destruidos masivamente en los laboratorios o ser entregados para la investigación, sean donados (previo consentimiento informado de los padres) a otras parejas dispuestas a llevar adelante el embarazo. De esta forma, siguen afirmando los defensores de esta opción, los embriones humanos congelados tienen la posibilidad de llevar a término su gestación, fin último para el que fueron generados. Biológicamente sería una situación similar a la maternidad subrogada o de alquiler (esta se explicará en otro artículo), pero de naturaleza ética distinta (no es lo mismo adoptar que alquilar), pues estaríamos ante un caso de adopción prenatal.

El argumento principal, que se esgrime en defensa de la adopción prenatal de estos embriones, radica en su dignidad, es decir, tienen derecho a ser gestados por la madre biológica, o en su defecto, por una madre adoptiva. A esta razón fundamental se añade otra de índole más coyuntural: la adopción de estos embriones humanos podría paliar la infertilidad de muchas parejas. Esta fórmula permitiría la posible supervivencia de algunos embriones, y respondería a la demanda de muchas parejas que desean adoptar un niño nacido y, para conseguirlo, tienen una lista de espera que oscila entre los 5 a los 10 años.

Ahora bien, la demanda social de padres en espera para la adopción postnatal no tiene nada que ver ni con la demanda ni con la espera para la adopción prenatal de embriones humanos congelados. No existen en las “clínicas” de reproducción asistida listas de espera de parejas que soliciten la adopción de estos. No es, por tanto, una “demanda insatisfecha”. Como tampoco existe la voluntad de estos centros de ofrecer y transferir aquellos embriones humanos que no presentan un buen estado de salud y que no tienen las garantías mínimas para su implantación y posterior gestación y nacimiento.

A pesar de ello, considero que la transferencia al vientre de una mujer de un embrión humano congelado para darlo en adopción tras el nacimiento no es un acto intrínsecamente inmoral. Sin embargo, aunque la adopción de estos sea un acto moralmente tolerable, esta solución puede conducir o verse integrada en un contexto de circunstancias que la hagan mala y desaconsejable (como posteriormente se dirá más detalladamente). A continuación pongo solo un ejemplo.

En el caso de que alguno de estos embriones humanos vaya a ser adoptado ha de plantearse: ¿qué pauta seguir para su descongelación? Los defensores de esta opción responden que el orden de descongelación ha de comenzar por aquellos que llevan más tiempo congelados (en este punto estoy de acuerdo). Pero también se tiene que saber que para seguir el orden de descongelación se necesitaría saber el tiempo que estos embriones llevan congelados. Desgraciadamente, muchas centros de reproducción asistida no tienen catalogados ni su número, ni la fase de su desarrollo, ni cuando fueron congelados.

Por otro lado, los defensores de esta solución al destino de los embriones humanos congelados juzgan indispensable establecer ciertas medidas en el ámbito biotecnológico y jurídico que garanticen lo más posible su salud y que faciliten así la adopción prenatal del mayor número. Estas medidas atenderían:

1) al aumento de los plazos de crioconservación para que se tengan en cuenta los avances de la embriología humana en materia de diagnóstico de muerte embrionaria e inviabilidad;

2) a la mejora de las técnicas de descongelación, con el fin de que la posible viabilidad de los embriones humanos no se malogre;

3) a la elaboración de un protocolo en el que la descongelación, cultivo y transferencia se realicen a medida que existan adopciones;

4) al avance en el descubrimiento y curación de las posibles anomalías o alteraciones de los embriones humanos crioconservados;

5) a los criterios de “idoneidad” de los padres dentro de un programa de adopción, del mismo modo que se aplican a una pareja para considerarla apta a la hora de adoptar un niño ya nacido;

 6) a la constitución de mecanismos que eviten posibles relaciones de consanguinidad entre nacidos tras adopciones prenatales;

7) a la negativa de la práctica de la “maternidad subrogada”;

8) a la prohibición de la selección de embriones en función de su sexo o genes;

9) a la obtención de las células madre embrionarias vivas, exclusivamente, si tras descongelar a los embriones humanos, éstos han muerto.

Es verdad que estas medidas procuran que la adopción de embriones humanos congelados se realice en las mejores condiciones éticas posibles. Sin embargo, a mi juicio, tales medidas (en próximos artículos se hablará de estas) han de ir acompañadas (esto es lo mínimo) por el consentimiento de los progenitores que son los verdaderos responsables de sus embriones. Y a su vez, los padres que los recibieran en adopción deberían ser informados de las dificultades que entraña su decisión: la baja viabilidad de estos embriones, el porcentaje alto de pérdidas en la transferencia, el posible aborto natural que puede darse en el transcurso de la gestación y el riesgo de malformaciones.

Los que apuestan por esta solución subrayan que las medidas citadas no permitirían dos hechos: 1) La selección de los embriones humanos vivos y viables en función de sus características genéticas. 2) Se prohibiría la “reducción embrionaria”, esto es, la muerte de aquellos embriones humanos que tuviesen menos garantías de éxito para la implantación.

Además, señalan que estos embriones serían descongelados y reanimados inmediatamente después que los padres solicitasen su adopción. Si tras la descongelación y reanimación, estos embriones están muertos, se podrían obtener sus células para la investigación como se realiza en cualquier otro trasplante. Si están vivos y son viables, podrían ser adoptados.

Ahora bien, creo que es preciso realizar ciertas aclaraciones terminológicas y atender algunas observaciones de carácter biológico, jurídico y ético, que se hallan implícitas a la propuesta de la adopción prenatal de los embriones humanos congelados.

Desde la perspectiva biológica, sólo es posible conocer la salud de un embrión humano congelado en la medida en que, tras su descongelación, sea reanimado. Una vez descongelado no existen criterios morfológicos determinantes que indiquen su viabilidad o inviabilidad, pues solamente cabe vislumbrar su inviabilidad si presentan ritmos de fragmentación y de división celular (dicho sea de paso hay que recordar que algunos de estos embriones, que en un primer momento eran “inviables”, son capaces de recuperar su normalidad eliminando por sí mismos las células defectuosas).

Luego el criterio morfológico resulta insuficiente. Necesitamos un criterio biológico nítido que no deje lugar a dudas acerca de la diferencia real entre un conjunto de células humanas, más o menos organizadas, y un viviente individual. Este criterio es o podría ser el siguiente: el embrión humano congelado está vivo y es viable si las células que componen la masa interna son capaces de dar lugar a todos los órganos y tejidos, esto es, de reiniciar el programa de desarrollo, lo que sólo es posible si dichas células forman parte de la unidad funcional y vital que es ese embrión humano. Estos parámetros de crecimiento unitario podrían aportar el criterio de detección de la muerte embrionaria.

Entonces, desde el punto de vista biológico, el embrión humano tras ser descongelado y reanimado puede encontrarse en distintas situaciones: a) que esté muerto, esto es, que no pueda reanudar el proceso de desarrollo orgánico; b) que esté vivo. En este segundo caso puede ser que el embrión humano descongelado y reanimado esté vivo y sea viable, o esté vivo y sea inviable, esto es, enfermo. Es decir, si el embrión humano es inviable, como su mismo nombre indica, no aglutina las condiciones exigidas que favorecen su implantación: en el caso de que fuese implantado produciría sistemáticamente un aborto espontáneo.

Pero solo se conoce si el embrión humano congelado es capaz de reanudar un proceso de desarrollo orgánico, si también es descongelado y reanimado. No obstante, no hay que olvidar que la mujer receptora de ese embrión humano que le va a ser transferido habría sido previamente sometida a una preparación hormonal. En caso de que el embrión humano resultante, efectuada la descongelación y reanimación, se observase que está muerto o fuese inviable, la preparación hormonal de la mujer (aspecto éste nada desdeñable) habría sido en vano.

Desde el punto de vista jurídico, las instituciones responsables deberían instaurar procesos legales que garantizaran una adopción regulada e informada de los embriones humanos congelados. Sin embargo, esta posible regulación sería contraria al anonimato del donante en procesos de adopción de este tipo. La posibilidad de adoptarlos implica necesariamente la revisión de lo que se denomina “anonimato del donante”. Entre otras cosas, se evitaría así la implantación, en úteros diferentes, de hermanos biológicos con el consiguiente riesgo de consanguinidad.

Por otro lado, también desde este punto de vista, la adopción de embriones humanos congelados, como acto tolerable e incluso para algunos “heroico”, no puede ser asumida legislativamente como medida exigible a todos. El legislador no puede generalizar comportamientos “heroicos”.

Así también, desde el punto de vista ético, esta posible solución a los embriones humanos congelados conlleva muchos problemas. Efectivamente, más allá de los inconvenientes técnicos y jurídicos, la adopción prenatal de los embriones humanos congelados presenta inconvenientes éticos a tener en cuenta.

1) Los defensores de la adopción prenatal no pueden olvidar que su alternativa supone la descongelación y reanimación de todos los embriones humanos. Esto plantea una cuestión ética clave: ¿qué actitud tomar si el embrión humano descongelado y reanimado resulta inviable, es decir, si es un embrión (un ser humano) enfermo? La respuesta a este interrogante hace que la adopción prenatal de estos embriones resulte impracticable. En efecto, si no se quiere ser el responsable de la muerte directa de un embrión humano vivo e inviable, o ejercer cierta selección entre los embriones humanos descongelados y reanimados, el deseo de la pareja que quiere adoptar debería llegar hasta sus últimas consecuencias: la voluntad de querer adoptar al embrión humano reanimado sea cual sea su estado de salud, también a sabiendas de que se pueda morir.

2) Aquellos que impulsan la adopción prenatal de los embriones humanos congelados se han de plantear si con tal medida no hacen sino perpetuar justamente el problema al que se quiere dar solución (las técnicas de fecundación in vitro) y sus consecuencias (los embriones “sobrantes”). Así es, el carácter excepcional que ha de tener el problema de los embriones “sobrantes” se difuminaría con la idea de que no importa producir más de los que se van a transferir en un proceso de FIV, ya que serían adoptados. De esta manera, su adopción podría prolongar la generación y acumulación de embriones humanos congelados y el reinicio de la cadena inmoral de congelación, descongelación, reanimación, selección, destrucción, siendo éste precisamente el problema al que se le quiere poner remedio.

3) La gestación de un ser humano producido por la FIV respalda la producción artificial de seres humanos para las parejas estériles. Por esta razón, para que la adopción de embriones humanos congelados fuese una medida plenamente ética en este punto, debería realizarse por parejas fértiles con hijos. En caso contrario, favorecería el recurso a la maternidad disociada de la “conyugalidad”, más allá de convertirse en una vía de acceso indiferenciado (para cualquier mujer o pareja, en cualquier condición) a la maternidad. Con ello, se pretende que la adopción prenatal de estos sea una medida para salvarles la vida y no un subterfugio para las parejas estériles.

4) A esto se añade que una crioconservación prolongada de embriones humanos en espera de ser implantados adormece la conciencia de responsabilidad de sus progenitores, pues satisfecho el deseo de tener un hijo, pierden el interés para el fin para el que todos fueron creados: la procreación. Y esto último, degrada aún más, si cabe, la percepción social del carácter humano y personal de los embriones en fase preimplantatoria. Además, esa dilatación en el tiempo puede entrañar un resquicio legal a la investigación con ellos.

5) La “donación” o adopción prenatal, propuesta como solución al destino de los embriones humanos congelados, podría convertirse en excusa para justificar largos plazos de congelación. Esto se advierte en la Ley española 14/2006 sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida en la que el término del tiempo de crioconservación se hace depender exclusivamente de los médicos. Más todavía, cuando el tiempo de criopreservación, según los defensores de esta alternativa, dicen que no afecta desfavorablemente a la supervivencia de los embriones.

Sin embargo en este punto no hay que olvidar que la congelación de un embrión humano no es un hecho éticamente neutral (como se verá más detalladamente en otro artículo). Con la congelación se detiene o paraliza el desarrollo que el propio embrión humano dirige y construye. En cierto sentido se puede sostener que la congelación indefinida, a la que se somete inevitablemente al embrión humano hasta que es adoptado, constituye cierta “obstinación reproductiva”, pues entraña mantenerle en un estado indigno y que le deteriora en espera de una posible, aunque muy complicada, adopción.

Por tanto, la adopción de embriones humanos congelados podría tal vez representar una salida ética en situaciones muy concretas y de modo individualizado, pero no puede esgrimirse como solución primera y única. En efecto, esta no es una acción que pueda ser generalizada como exigencia moral para las demás parejas. Una pareja fértil no es responsable ni tiene la obligación de salvar una vida que no ha puesto en peligro. Sin embargo, que la máxima (principio según el cual obra el sujeto) de adoptar embriones humanos congelados no sea una exigencia moral universalizable, no es razón para que dicha máxima deba estar moralmente prohibida.

Con todo, la objeción más evidente radica en la dificultad de garantizar que el embrión humano congelado vaya a ser adoptado sin arrastrar graves taras físicas. Justamente, estos son embriones que han sido desechados para una primera o segunda transferencia, y a lo que se suma las agresiones producidas por el proceso de congelación y descongelación.

Ante esta situación es lógico pensar que en el caso de que hubiere mujeres que quisiesen adoptar a estos embriones humanos, elegirían aquellos que presentasen mejor “calidad” o “viabilidad” para poder nacer y desarrollarse sanamente. Esta práctica podría desembocar en una selección eugenésica de los mismos antes de su transferencia, o en una “reducción embrionaria” posterior. Incluso, en el caso de que este tipo de adopción se llevase a cabo, tal solución sería aparente pues la mayoría de embriones humanos, dado su estado de salud, no lograrían nacer. De tal modo que el problema seguiría existiendo para la mayoría de los embriones humanos congelados, pues el número de embriones no transferidos sería mucho mayor al de aquellos que fuesen dados en adopción.

Desde estos motivos se deduce que, desde el punto de vista ético, es incomprensible recomendar la adopción como medida general.

En resumidas cuentas, la adopción de embriones “sobrantes” viables humanos congelados por parte de aquellas parejas que lo soliciten es una salida tolerable al problema, pero no generalizable. Tolerable para casos aislados, pero no generalizable, dado que es muy improbable que se originen adopciones generalizadas. Por ello, el destino de la mayor parte de ellos, desatendidos de sus progenitores, podría quedar en manos de los centros de reproducción artificial para una investigación productora y consumidora de seres humanos como material biomédico comercializable.

Por lo tanto, opino que la adopción de embriones humanos congelados es una opción “meritoria y loable”, pero no puede ser propuesta como solución exclusiva y única al problema de su destino.

Finalmente, considero por todo ello que esta es una alternativa teórica y utópica, no real, al problema de los embriones humanos congelados.