Por Josep Argemí i Renom, Médico Pediatra, Catedrático de Pediatría, Universidad Internacional de Cataluña, Barcelona, Miembro de CíViCa
Hay que felicitar a la OMC por la declaración acerca de la modificación de la ley del aborto, porque si con ella pretendían una toma de posición político-ideológica en contra de la misma, seguro que lo han conseguido. Al menos esto es lo que ha llegado a la opinión pública a través de los medios alineados con esta postura.
Sin embargo, como médico y universitario he sentido una cierta vergüenza ajena tras la lectura completa del documento, pues en algunos puntos parece redactado con escaso rigor y por personas ajenas a la profesión. Acepto, sin embargo, disculpar a los 52 presidentes que aprobaron el documento, algunos de ellos personas valiosas, pues ya se sabe que a veces se confía en los redactores y no se repara en detalles que pasan desapercibidos.
Por Josep Argemí i Renom, Médico Pediatra, Catedrático de Pediatría, Universidad Internacional de Cataluña, Barcelona, Miembro de CíViCa
Hay que felicitar a la OMC por la declaración acerca de la modificación de la ley del aborto, porque si con ella pretendían una toma de posición político-ideológica en contra de la misma, seguro que lo han conseguido. Al menos esto es lo que ha llegado a la opinión pública a través de los medios alineados con esta postura.
Sin embargo, como médico y universitario he sentido una cierta vergüenza ajena tras la lectura completa del documento, pues en algunos puntos parece redactado con escaso rigor y por personas ajenas a la profesión. Acepto, sin embargo, disculpar a los 52 presidentes que aprobaron el documento, algunos de ellos personas valiosas, pues ya se sabe que a veces se confía en los redactores y no se repara en detalles que pasan desapercibidos.
Empieza la Declaración con el redactado del artículo 51.1. del Código de Deontología, referente a la obligación de salvaguardar la integridad del ser humano en todas las fases de su ciclo biológico desde la concepción hasta la muerte para, en el siguiente párrafo admitir que se puede interrumpir el embarazo “sin desvincularse de este principio deontológico” (¿?).
En la Conclusión 4ª se reafirma en la necesidad de despenalizar el aborto en el supuesto de malformación grave “en equilibrio con lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad” de la ONU, cuando ésta dedica su art. 10 al “Derecho a la vida” los discapacitados, en igualdad de condiciones de los demás seres humanos. (¿?)
Finalmente, el escrito anima a concretar la objeción de conciencia. Supongo para que no se diera el caso de algún colegiado que objetara “indebidamente”. Con estos amigos, no hacen falta enemigos.
En fin, todo un despropósito. Quizás tengan razón los que promueven la colegiación voluntaria…