Tribuna. El aborto y el Tribunal Constitucional
03/02/2012
Si se calla el cantor…calla la vida
03/02/2012

Por el Dr. Esteban Rodríguez Martín (Médico especialista en Obstetricia y Ginecología – Presidente de la Comisión Deontologica de Ginecologos DAV- Miembro de CíViCa) – Publicado en Religión en Libertad el 30 de Enero de 2012

Ayer el diario ABC publicaba en su edición dominical una amplia entrevista al ministro de justicia, en la que, entre otros temas, hacia referencia al aborto y la necesidad de "defender al concebido".

A la pregunta del citado medio: —Volverán a establecer el consentimiento paterno para las menores que aborten. ¿Qué otras modificaciones van a introducir en la ley?, Gallardón ha respondido:

—El compromiso que hemos adquirido es que los padres no podrán quedar al margen de cualquier decisión de interrupción del embarazo en las menores. Recuperamos así el criterio que marcó en su momento el Constitucional, que ya ha estudiado la colisión de derechos que existe cada vez que se produce una interrupción del embarazo. Como anticipo diré que, en todo caso, el concebido será titular de derechos, y solo se podrá interrumpir el embarazo cuando la colisión de esos derechos con otros distintos no constituya una conducta penal; pero en ningún caso iremos a un sistema en que en razón del tiempo de la concepción, el concebido pierde el derecho a ser protegido por los poderes públicos.

Por el Dr. Esteban Rodríguez Martín (Médico especialista en Obstetricia y Ginecología – Presidente de la Comisión Deontologica de Ginecologos DAV- Miembro de CíViCa) – Publicado en Religión en Libertad el 30 de Enero de 2012

Ayer el diario ABC publicaba en su edición dominical una amplia entrevista al ministro de justicia, en la que, entre otros temas, hacia referencia al aborto y la necesidad de "defender al concebido".

A la pregunta del citado medio: —Volverán a establecer el consentimiento paterno para las menores que aborten. ¿Qué otras modificaciones van a introducir en la ley?, Gallardón ha respondido:

—El compromiso que hemos adquirido es que los padres no podrán quedar al margen de cualquier decisión de interrupción del embarazo en las menores. Recuperamos así el criterio que marcó en su momento el Constitucional, que ya ha estudiado la colisión de derechos que existe cada vez que se produce una interrupción del embarazo. Como anticipo diré que, en todo caso, el concebido será titular de derechos, y solo se podrá interrumpir el embarazo cuando la colisión de esos derechos con otros distintos no constituya una conducta penal; pero en ningún caso iremos a un sistema en que en razón del tiempo de la concepción, el concebido pierde el derecho a ser protegido por los poderes públicos.

Sin duda es un paso muy positivo restaurar el derecho a la patria potestad, también violado por el anterior gobierno socialista, y que del aborto se encargue el ministerio de justicia y no el de sanidad, porque destruir vidas mediante un aborto no es un acto médico". Esperemos que Ana Mato no tenga la intención de seguir encargando a los médicos la destrucción de vidas humanas pagadas por todos con nuestros impuestos.

Seria muy importante tener claro que ante un conflicto de intereses entre padres e hijos en desarrollo siempre deben primar los derechos que tienen el rango fundamental, como el derecho a la vida o la libertad de conciencia del médico.

En este sentido, la deontología médica, la salud y los derechos de las mujeres estarán mejor protegidos si lo está el derecho a vivir de nuestros hijos y para ello la mejor forma de garantizarlo es es en la Carta Magna en sintonía con las Constituciones europeas más modernas y avanzadas como la de Hungría”. La Constitución húngara, la más nueva de toda Europa, establece la protección de la vida desde la concepción y prohíbe la tortura, el tráfico de personas, la eugenesia y la clonación humana.

Es importante recordar que a efectos civiles (art 29 CC) el concebido se tiene por nacido para todos los efectos que le sean favorables y que el derecho a nacer le es sin duda "favorable". Hace unos días hice unas declaraciones en las que recordaba el art 3 de la DUDH que establece que todo ser humano tiene derecho, en todas partes, a que le sea reconocida su personalidad jurídica. En este sentido es muy importante tener en cuenta que el concebido ya es biológicamente un organismo de la especie humana y por tanto tiene derecho a que las leyes le reconozcan, en todas partes, su personalidad, su cualidad de persona y que ello se haga juridicamente, incluyendo aquellos que pueden ser destruidos con una PDD un DIU, mediante la contracepcción, una FIV o un experimento clínico de investigación.

Recientemente el fallo de la Corte de Europea de Derechos Humanos de Estrasburgo emitia una sentencia en este sentido en el caso de Greenpeace contra un investigador que pretendia registrar una patente sobre una técnica para extaer material genetico de los embriones de persona que causaba su muerte.

Cuando el embarazo se interrumpe con intención homicida son los médicos- no las mujeres- los que cometen el crimen contra el concebido que muere y ello sería legítimo y ético para un médico sólo cuando estuviesen en conflicto derechos de igual rango; lo cual solo se da si de manera cierta y real la vida de la madre estuviera en riesgo de muerte y el concebido no tuviera posibilidades de supervivencia tras la interrrupción del embarazo, situación altamente infrecuente gracias a los avances de la Medicina”

Un verdadero progreso social en defensa de los derechos humanos se daría si nuestra Constitución reconociera la personalidad jurídica de todo ser humano sin discriminación por razones de edad, sexo o salud, incluidos los niños que deberian nacer con Sd de Down o cualquier otra anomalía.

CíViCa
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Ciencia | Cultura | Vida Asociación de Investigadores y Profesionales por la Vida.