06/11/2016

Las cifras globales del aborto del 2010 y 2014 sugieren medidas para evitarlos y dar a conocer su verdadero significado

Publicado en Observatorio de Bioética el 21 de Octubre de 2016

Conocer la incidencia del aborto en distintas partes del mundo es un dato importante para promover medidas para evitarlo. En artículo reciente  del Observatorio (ver AQUÍ)  comentamos un amplio estudio en The Lancet  donde se aborda este tema.

Entre los años 2010 y 2014 se dio una incidencia anual de 35 abortos por cada 1.000 mujeres de entre 15 y 44 años, cinco puntos menos que la que se dieron  entre 1990 y 1994. Pero como la población ha aumentado, el número total de abortos en el mundo aumentó 5.9 millones en ese periodo de tiempo, pues paso de 50.4 millones en el periodo de 1990-1994 a 56.3 millones en 2010 y 2014.

06/11/2016

La falta de cuidados paliativos en España afecta el final de la vida de miles de pacientes

Publicado en Observatorio de Bioética el 13 de Junio de 2016

La Sociedad Española de Cuidados Paliativos (Secpal) ha denunciado nuevamente (ver AQUÍ anterior comunicado) la “agónica” situación de los cuidados paliativos en España. Según sus cálculos, cada año 54.000 personas que los precisan no están recibiendo atención especializada alguna al final de la vida.  Las estimaciones de Secpal van más allá: no hay equipos para llegar al medio rural y la mitad de los centros sociosanitarios y residencias no ofrecen este servicio, a pesar de que un 30-40 por ciento de las personas pasa en ellos los últimos meses de su vida. Éstas son al menos algunas de las conclusiones a las que ha llegado Secpal al elaborar el nuevo Directorio de Recursos de Cuidados Paliativos en España, presentado en el XI Congreso Internacional, celebrado el 13 de mayo en Sevilla. El directorio recoge un total de 284 recursos asistenciales específicos de cuidados paliativos, de los que 94 no cumplen todos los requisitos exigidos por la clasificación de Secpal. Sólo 9 son pediátricos (Diario Médico, 13-V-2016).

31/10/2016

Jürgen Habermas y la religión en el ámbito público. A propósito del mundo de la vida, política y religión

Por Andrés Ollero Tassara, catedrático de Filosofía del Derecho de la Universidad Rey Juan Carlos y magistrado del Tribunal Constitucional. Publicado  en Anuario de Derecho Eclesiástico del Estado, vol. XXXII (2016), pp. 1063-1076. (ENLACE)

SUMARIO: 1. La moda de los “pos”.- 2. Carácter socialmente indispensable de lo justo.- 3. ¿Razones para una sociedad en quiebra ética?.- 4. Una secularización no laicista.- 5. Entre el consenso y el modus vivendi.- 6. La discutida cláusula de traducción.- 7. Un doble aprendizaje.- 8. Religiones que aportan razones.-9. El mundo de la vida en el marco de una discutible hermenéutica científica.-

Pertenezco a una generación que se desayunó con la obra de Jürgen Habermas hace no menos de cincuenta años, cuando este proponía hacer girar las ciencias sociales en torno a una teoría crítica impulsada por un emancipador interés directivo del conocimiento. Su honesto esfuerzo por replantearse el alcance y límites de la Modernidad le ha acabado llevando por vías bien distintas. Baste recordar sus reflexiones bioéticas sobre el futuro de la naturaleza humana. Ya en ellas entra sorprendentemente en juego la presencia de la religión, junto a la ciencia, en el ámbito público; llegará a preguntarse: “¿es la ciencia moderna una práctica que puede explicarse completamente por sí misma y comprenderse en sus propios términos y que determina performativamente la medida de todo lo verdadero y todo lo falso? ¿O puede más bien entenderse como resultado de una historia de la razón que incluye de manera esencial las religiones mundiales?”.

30/10/2016

¿Existe el derecho a adoptar?

Por Roberto German Zurriaráin,  Doctor en Filosofía. Licenciado en Teología. Profesor de Didáctica de la Religión de la Universidad de La Rioja, publicado en  Blog de  Roberto Germán  Zurriaráin el 29 de Octubre de 2016

Somos conscientes que el tema que se trata en este escrito es complejo, espinoso y controvertido. De entrada, no se pretende un estudio jurídico exhaustivo del mismo, sino una breve reflexión ética.

Lo primero que hay que decir claramente es que ninguna Constitución y Declaración Universal, Internacional o Nacional establece el DERECHO A ADOPTAR o el DERECHO A TENER HIJOS. Así es, no existe ese supuesto derecho. En todo caso, habría que hablar del “derecho” de los niños a ser adoptados por unos padres que reúnan ciertas características.