La enseñanza concertada no es subsidiaria

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Por Jesús Pueyo. Publicado en Páginas Digital el 13 de Agosto de 2016

Ya son muchos años escuchando que la enseñanza concertada nació como subsidiaria de la enseñanza pública y que debe existir, en todo caso, en aquellos lugares a los que no lleguen los centros públicos. Es tal el poder que tiene esta afirmación que, fruto de esta concepción excluyente y a todas luces errónea de lo que realmente es nuestro sistema educativo, algunas administraciones han entendido que pueden llevar a cabo políticas que en su fondo han propiciado que la enseñanza concertada se haya reducido pese a tener una gran demanda social en sus territorios.

Por Jesús Pueyo. Publicado en Páginas Digital el 13 de Agosto de 2016

Ya son muchos años escuchando que la enseñanza concertada nació como subsidiaria de la enseñanza pública y que debe existir, en todo caso, en aquellos lugares a los que no lleguen los centros públicos. Es tal el poder que tiene esta afirmación que, fruto de esta concepción excluyente y a todas luces errónea de lo que realmente es nuestro sistema educativo, algunas administraciones han entendido que pueden llevar a cabo políticas que en su fondo han propiciado que la enseñanza concertada se haya reducido pese a tener una gran demanda social en sus territorios.

Sin embargo, no todos compartimos esta visión sesgada, y algunos, como la Federación de Sindicatos Independientes de Enseñanza (FSIE), llevamos esos mismos años luchando porque se respeten las normas, y se acepte por parte de las administraciones, partidos políticos y otras organizaciones e instituciones que la enseñanza concertada es complementaria de la pública, no subsidiaria.

En 2013 una Consejería de Educación tomó la decisión de reducir un aula en un centro concertado, aplicando el principio de subsidiariedad. Su argumento esencial era la existencia de plazas vacantes en el colegio público del municipio, ante lo cual denegó el concierto al centro afectado a pesar de que este había tenido más peticiones de escolarización que la ratio establecida por ley. Sin duda, la decisión y el criterio aplicado para tomarla constituían un ataque frontal a la enseñanza concertada y, lo que es más grave, a las libertades amparadas por nuestra Carta Magna. La libertad de enseñanza y la libertad de elección de los padres quedaban totalmente difuminadas y la Administración entendía que estaba legitimada para cerrar un aula llena de alumnos y «trasvasarlos» al centro público que estaba vacío.

Ante esta quiebra de los principios legales recogidos por la Constitución y las leyes orgánicas de Educación, FSIE decidió recurrir tal decisión ante los tribunales. Y como no podía ser de otra manera, el Tribunal Supremo dictó sentencia este pasado 25 de mayo, reconociendo los argumentos de FSIE y anulando la decisión de la Consejería que denegaba el concierto.

Pero este reconocimiento no se queda solo ahí, ya que el Alto Tribunal analiza en su escrito el denominado «principio de subsidiariedad», fundamento esencial de la iniciativa de la Administración. Y, para aquellos que aún están dudosos, quizá todavía convencidos por el poder de la afirmación que nos lleva a escribir estas líneas, el Supremo dictamina que «no resulta de aplicación el principio de subsidiariedad en relación con la enseñanza concertada(…). Esa afirmación no puede compartirse porque es contraria a la letra y al espíritu de la Constitución y de la Ley Orgánica del Derecho a la Educación». Según se puede leer en la sentencia, «la Ley reguladora del Derecho a la Educación de 1985 y la Ley Orgánica de Educación de 2006 establecen un régimen dual para la prestación del servicio educativo, en lo relativo a la enseñanza obligatoria y gratuita. Es decir, el sistema pivota sobre dos ejes, la enseñanza privada concertada y la enseñanza pública». Y por si con esto no bastara para despejar las posibles dudas, léase la contundencia con la que se pronuncia: «No se otorga, en dicha regulación legal, a los centros privados concertados un carácter secundario o accesorio respecto de los centros públicos, para llegar únicamente donde no lleguen estos últimos, es decir, para suplir las carencias de la enseñanza pública».

Ante estas palabras no hay más poder que el de la realidad y la legalidad. Ahora solo queda que los partidos políticos que han concurrido a las elecciones del día 26 de junio, tomen buena nota de lo que los tribunales de Justicia dicen. El equilibrio, la complementariedad entre la red pública y la red concertada ha de quedar garantizada y superar de una vez este estéril en enfrentamiento que tiene muy poco que ver con la calidad y la mejora del sistema educativo.

Desde FSIE esperamos que esta sentencia marque las negociaciones políticas a partir de ahora en materia de educación, porque creemos que el futuro de un país está ligado a la educación de sus ciudadanos, un tema nada menor en el que no puede haber voces disonantes que vayan más allá del único interés legítimo que debería propiciar un necesario pacto que devuelva la importancia que tiene a un tema que siempre debió estar alejado de los vaivenes partidistas y políticos.

CíViCa
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