Informe de la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Madrid sobre la Ley del Aborto

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Informe deontológico sobre la ley del aborto de la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Madrid sobre la Ley del Aborto publicado el 12 de Marzo de 2012.
 
La Comisión Deontológica del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM) emitió un extenso informe de 100 páginas, aprobado por unanimidad y respaldado por su Junta Directiva, en el que se analiza,  al cumplirse dos años desde su aprobación, el desarrollo de la Ley 2/2010 de la Interrupción Voluntaria del Embarazo desde la perspectiva de la profesión médica.
 

Informe deontológico sobre la ley del aborto de la Comisión Deontológica del Colegio de Médicos de Madrid sobre la Ley del Aborto publicado el 12 de Marzo de 2012.
 
La Comisión Deontológica del Ilustre Colegio Oficial de Médicos de Madrid (ICOMEM) emitió un extenso informe de 100 páginas, aprobado por unanimidad y respaldado por su Junta Directiva, en el que se analiza,  al cumplirse dos años desde su aprobación, el desarrollo de la Ley 2/2010 de la Interrupción Voluntaria del Embarazo desde la perspectiva de la profesión médica.
 
En base a la extensa información recogida, aunque sin la pretensión de recoger todas las perspectivas, el informe pretende ofrecer una panorámica de  reacciones evidenciando que el rechazo de la profesión médica a la ley se ha vehiculado no sólo a través de los Colegios profesionales, sino también a través de las Consejerías de Sanidad de diversas Comunidades Autónomas, bien en sus sedes o en el seno del Consejo Interterritorial.
 
Directa o indirectamente, se han realizado declaraciones o reservas más o menos críticas sobre la aplicación de la ley por los Colegios de Médicos de Valencia, Consejo Andaluz de Colegios de Médicos, Colegio de Médicos de Madrid, Junta de Castilla y León, Colegios de Toledo, Murcia, Navarra, Galicia, Segovia, Castilla-La Mancha y Canarias (p.23). 
 
Asimismo, se menciona como una de las causas de ese rechazo la sustitución del “sistema de indicaciones” previo a la nueva ley, refrendado por el Tribunal Constitucional, por el nuevo “sistema de plazos” para abortar. Para los médicos –señala el informe- la interpretación abusiva de la indicación sobre el riesgo para la vida y la salud de la embarazada (que había venido sirviendo de escaparate para legitimar abortos y otras irregularidades) constituiría el punto central a corregir en cualquier proyecto de reformade la anterior ley del aborto. De ser mínimamente racionalizada, mediada por protocolos adecuados y sometida a un verdadero control, la ley entonces vigente habría influido positivamente para una mayor responsabilidad de las conductas sexuales y nuestro país habría experimentado una sustancial reducción del número de abortos (p.30). 
 
Entre otras consideraciones, se llama la atención sobre la desigual puesta en marcha de la nueva Ley según las diferentes Comunidades Autónomas que, en unos casos aminoran la implicación de los médicos y en otros la imponen en grados diversos. A los problemas deontológicos encontrados y aún no reconducidos, como el respeto a la objeción de conciencia en el colectivo de la Atención Primaria y el contenido exigible de la información que se debe dar en estos casos, se suman los problemas derivados de la exigencia de enseñanza del aborto a los estudiantes de Medicina y a los médicos integrados en el sistema MIR.  
 
Por todo ello, el informe del Colegio de Médicos de Madrid aspira a convertirse en un documento reflexivo que, en todo momento, recuerde cual ha sido y es la respuesta corporativa de la profesión médica española ante la Ley y sirva para proporcionar a los órganos jurídicos una perspectiva más profunda desde dentro de la institución a la que se ha impuesto esta norma legal.

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